Declaración de accesibilidad
La Diputación de Tarragona se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, por el que se transpone la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016.
Esta declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://seuelectronica.dipta.cat/, excluyendo los contenidos incrustados provenientes de otros dominios.
Situación de cumplimiento
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 debido a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
Contenido no accesible
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:
a) Falta de conformidad con el Real Decreto 1112/2018
- Es posible que no se proporcione en todos los casos un modo de operación que facilite una salida hablada de los subtítulos disponibles [requisito número 7.1.5 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Subtítulos hablados].
- Alguna página incorpora reproductor de vídeo que no dispone de opción para seleccionar y reproducir audiodescripciones disponibles [requisito número 7.2.1 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Reproducción de audiodescripción].
- Algunas imágenes no están etiquetadas o tienen una alternativa textual genérica [requisito número 9.1.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2021-23 Contenido no textual].
- Algunos vídeos grabados pueden no contener subtítulos [requisito número 9.1.2.2 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Subtítulos (grabados)].
- Algunos vídeos pregrabados en el sitio web no disponen de audiodescripción o medios alternativos [requisitos número 9.1.2.5 y 9.1.2.3 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Audiodescripción o medios alternativos (grabado)].
- En algunas páginas la información, estructura y relaciones no están determinadas por software o no tienen alternativa como texto [requisito número 9.1.3.1 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Información y relaciones].
- En algunos formularios el campo de entrada que recoge información sobre el usuario no tiene identificado el propósito [requisito número 9.1.3.5 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Identificación del propósito de entrada].
- En algunas páginas se ha utilizado el color como único medio visual para transmitir información, indicar una acción, provocar una respuesta o distinguir un elemento visual [requisito número 9.1.4.1 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Uso del color].
- En algunas páginas la relación de contraste en texto o imágenes podría no ser de al menos 4.5:1 [requisito número 9.1.4.3 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Contraste mínimo].
- En algunas páginas el contraste de los componentes de interfaz de usuario y objetos gráficos podría no llegar al 3:1 con los colores adyacentes [requisito número 9.1.4.11 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Contraste no textual].
- En algunas páginas algunos elementos no tienen el foco del teclado [requisito número 9.2.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Teclado].
- De manera puntual alguna información en movimiento automático no dispone de controles para detener, controlar u ocultar la información [requisito número 9.2.2.2 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Poner en pausa, parar, ocultar].
- De manera puntual algún enlace podría no tener definido el propósito específico de manera textual [requisito número 9.2.4.4 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Propósito de los enlaces].
- No siempre se ofrecen enlaces a páginas de contenido relacionado o formas alternativas de navegación [requisito número 9.2.4.5 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Múltiples vías].
- La ubicación del foco no es siempre visible cuando se navega con teclado [requisito número 9.2.4.7 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Foco visible].
- De manera puntual podría existir algún error de entrada en algún campo/formulario del cual no se notificara al usuario la sugerencia para solucionarlo [requisito número 9.3.3.3 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Sugerencia ante errores].
- En algunas páginas puede haber atributos e ID duplicados [requisito número 9.4.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Procesamiento].
- En algunas páginas los componentes de interfaz de usuario como elementos de formulario, enlaces y componentes generados por script no siguen la estructura recomendada por las pautas de accesibilidad [requisito número 9.4.1.2 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Nombre, función, valor].
- En algunas páginas los mensajes de estado podrían no estar determinados mediante programación a través de funciones o propiedades [requisito número 9.4.1.3 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Mensajes de estado].
- En algún documento algunas imágenes no están etiquetadas o tienen una alternativa textual genérica [requisito número 10.1.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2021-23 Contenido no textual].
- En algún documento la información, estructura y relaciones no están determinadas por software o no tienen alternativa como texto [requisito número 10.1.3.1 de la norma UNE-EN 301549:2021-23 Información y relaciones].
- Algún documento no tiene definido por programa al menos una secuencia correcta de lectura [requisito número 10.1.3.2 de la norma UNE-EN 301549:2021-23 Secuencia significativa].
- Puntualmente, algún documento podría no tener identificado el título de la página [requisito número 10.2.4.2 de la norma UNE-EN 301549:2021-23 Titulado de páginas].
- En alguna página no se indica el lenguaje por defecto que se utiliza [requisito número 10.3.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2021-23 Lenguaje de la página].
- En algún documento puede haber atributos e ID duplicados [requisito número 10.4.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2021-23 Procesamiento].
- En algún documento los componentes de interfaz de usuario como elementos de formulario, enlaces y componentes generados por script no siguen la estructura recomendada por las pautas de accesibilidad [requisito número 10.4.1.2 de la norma UNE-EN 301549:2021-23 Nombre, función, valor].
b) Carga desproporcionada
No aplica
c) El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable
- Pueden existir archivos de ofimática en PDF y otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan todos los requisitos de accesibilidad. Aunque se ha procurado que la mayoría sí lo cumplan.
- Puede haber contenidos de terceros que no estén desarrollados por esta Diputación ni estén bajo nuestro control, como archivos ofimáticos.
- Pueden existir ficheros pregrabados publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan del todo los requisitos de accesibilidad.
Preparación de esta declaración de accesibilidad
Esta declaración fue preparada el 27 de noviembre de 2025.
El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación el 27/11/2025.
Última revisión de la declaración: 27 de noviembre de 2025.
Observaciones y datos de contacto
Pueden realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018, como:
- Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
- Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
- Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web mediante el formulario telemático de quejas, sugerencias o consultas.
Pueden presentar:
- Una queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018
- Una solicitud de información accesible relativa a:
- Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido en el artículo 3, apartado 4.
- Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.
En la Solicitud de información accesible, es necesario concretar, con toda claridad, los hechos, las razones y la petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
A través del formulario telemático de quejas, sugerencias o consultas, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Unidad Responsable de Accesibilidad de la Diputación de Tarragona.
Procedimiento de aplicación
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, esta ha sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos previstos en el artículo 12.5, la persona interesada puede iniciar una reclamación.
Igualmente, se podrá iniciar una reclamación en caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
La reclamación puede ser presentada a través de la Instancia Genérica de la Sede electrónica de la Diputación de Tarragona, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las reclamaciones seran recibidas y tratadas por la Unidad Responsable de Accesibilidad de la Diputación de Tarragona.